Podemos atribuye el éxito de la Ley de reaolojo y retorno a la participación de la ciudadanía

Podemos atribuye el éxito de la Ley de reaolojo y retorno a la participación de la ciudadanía

El Pleno del Parlamento de Cantabria llevaba hoy como primer punto la modificación de la Proposición de Ley de modificación de la Ley de Cantabria 3/2016 de 28 de octubre de modificación de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del suelo de Cantabria, para la regulación del derecho de realojo y retorno en Cantabria, la conocida como ‘ley de realojos’.

 

Con esta modificación se procede a suprimir el apartado 4º e) de la Disposición Adicional Octava de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del suelo de Cantabria en el que se regulaba el derecho de adquisición preferente y así evitar las discrepancias respecto a la constitucionalidad que ha generado esta Ley y que los letrados del Gobierno de Cantabria defenderán el 29 de abril en Madrid en la comisión bilateral con el Estado.

 

En su intervención, la portavoz de Podemos Cantabria, Verónica Ordóñez, destacó que la modificación de la Ley del Suelo de Cantabria para que recogiese los derechos de realojo y retorno “fue un hito importante para nuestra trayectoria democrática que respondió a la necesidad urgente de los cántabros para que viesen reconocidos sus derechos”, destacando que la “escucha directa de la ciudadanía fue fundamental para el éxito del proceso que consiguió que “en esta tierra no se vuelvan a realizar actuaciones sin las garantías de realojo y retorno”.

 

Ordóñez ha reiterado que fueron los vecinos y vecinas quienes consiguieron, por ejemplo, que dentro de la definición de quiénes son las personas que tienen reconocido el derecho se incluya no solo a los residentes habituales que hayan vivido 183 días del último año en ese domicilio en el momento de la aprobación inicial del instrumento de ejecución.

 

También gracias a ellos la norma recoge dos excepciones fundamentales: por una lado reconocer el derecho para quienes en ese momento no se encuentran allí por causa grave justificada y, por otro, para quienes regresen a sus casas por causa justificada, cuando hayan transcurrido mas de seis meses desde el inicio formal de las actuaciones sin que se haya aprobado definitivamente el instrumento.

 

La participación de los vecinos en el debate también posibilitó que deban reflejarse de manera pormenorizada los costes derivados de garantizar el derecho a realojo y retorno. Y lograron que todos los instrumentos del planeamiento deban llevar un estudio completo de las consecuencias sociales y económicas de su ejecución, justificando la existencia de los medios necesarios para llevarlo a cabo, así como medidas para garantizar la defensa de los intereses de la población afectada.

 

“Nuestra ciudadanía -ha dicho Ordóñez- consiguió que esta modificación recoja el criterio vivienda por vivienda. Y consiguieron que esa vivienda de retorno tenga que tener unos requisitos de superficie, orientación y vistas, además de unas buenas condiciones de habitabilidad”.

 

Además, gracias a ellos esta norma cubre también las necesidades especiales de las familias, por lo que si un hogar esta adaptado, la vivienda de retorno deberá estarlo también. Y consiguieron esto no solo para las viviendas, sino también para los locales, garantizando así el derecho al trabajo y a la vida digna.